Cierre anual de ISR en nómina: quién ajusta y cómo se aplica
Explica el Art. 97 de la LISR, qué trabajadores requieren ajuste y cómo Worken lo automatiza en la nómina.
Cierre anual de ISR en nómina: quién debe ajuste, quién no y cómo se aplica
El cierre anual de ISR es un proceso obligatorio para las empresas en México, regulado por el Artículo 97 de la Ley del ISR. Su objetivo es liquidar el impuesto sobre la renta de los trabajadores con base en los ingresos acumulados del año, aplicando la tarifa anual y comparándola con lo retendido mensualmente.
Este ajuste puede generar diferencias a favor o en contra del trabajador, dependiendo de si se retuvo de más o de menos durante el año. Sin embargo, no todos los colaboradores requieren este cálculo.
Qué dice el Artículo 97 de la LISR
El Art. 97 establece que el patrón debe calcular el ISR anual de cada trabajador y compararlo con las retenciones mensuales realizadas. Si el impuesto anual es menor a lo retendido, el excedente se devuelve al trabajador. Si es mayor, se retiene la diferencia en el recibo de diciembre o en el primer recibo del año siguiente.
Este ajuste aplica solo a trabajadores con relación laboral vigente al 31 de diciembre. Quienes se dieron de baja durante el año ya tuvieron su liquidación en su finiquito, por lo que no entran en el cierre anual.
Qué trabajadores requieren ajuste
No todos los colaboradores necesitan el cálculo del Art. 97. Estos son los casos:
- Trabajadores con nómina fija y sin variaciones: si el salario y las percepciones fueron constantes durante el año, es probable que el ISR mensual ya esté alineado con el anual. Sin embargo, el cálculo igual debe hacerse para confirmarlo.
- Trabajadores con ingresos variables: quienes recibieron bonos, comisiones, horas extra o cualquier percepción no fija durante el año sí requieren ajuste, ya que el ISR mensual se calculó con estimaciones que pueden diferir del total anual.
- Trabajadores con múltiples patrones: si un colaborador tuvo más de un empleador en el año, cada patrón debe hacer su propio ajuste con base en los ingresos que le pagó.
- Trabajadores con subsidios o exenciones: el subsidio al empleo y otras exenciones (como horas extra exentas) afectan el cálculo anual. Worken lo aplica automáticamente por mes con ajuste en la última semana del año.
- Trabajadores con salario mínimo: según el Art. 36 de la LSS, para salarios mínimos el ISR es 0 y la cuota obrera del IMSS se absorbe por el patrón. En estos casos, el ajuste suele ser nulo, pero el sistema debe verificarlo.
Cómo se aplica el ajuste en la nómina
El proceso para el cierre anual de ISR incluye estos pasos:
1. Cálculo del ISR anual
Se suma el ingreso acumulable del año (salario, bonos, horas extra gravables, etc.) y se aplica la tarifa anual del ISR según la LISR. Worken utiliza la tarifa oficial y permite configurar el redondeo.
2. Comparación con las retenciones mensuales
Se resta el ISR retendido durante el año al ISR anual calculado.
- Si el resultado es positivo, el trabajador debe pagar la diferencia.
- Si es negativo, el patrón debe devolver el excedente.
3. Aplicación en el recibo
La diferencia (a favor o en contra) se aplica en:
- El recibo de diciembre, si el trabajador sigue activo.
- El primer recibo del año siguiente, si el ajuste se hace en enero.
4. Conceptos que afectan el cálculo
Worken considera automáticamente:
- Aguinaldo: con tres métodos de ISR (gravable, exento o mixto).
- PTU: se integra al ingreso acumulable.
- Horas extra: dobles y triples con exención según la ley.
- Préstamos y abonos: se restan del ingreso gravable.
- Incapacidades: se toman del expediente digital y afectan el SBC y el ISR.
- Finiquito: si hubo baja durante el año, el trabajador ya no entra en el cierre anual.
5. Documentación y reporte
El patrón debe:
- Generar el comprobante de retenciones (CFDI de nómina con complemento de liquidación anual).
- Entregar al trabajador el recibo con el ajuste aplicado.
- Guardar el historial de cálculos para auditorías.
Errores comunes y cómo evitarlos
- No incluir todas las percepciones: bonos, comisiones o viáticos gravables deben sumarse al ingreso anual. Worken integración automática desde la prenómina.
- Olvidar el subsidio al empleo: este se aplica por mes y afecta el ISR anual. Worken lo ajusta en la última semana del año.
- No considerar el salario mínimo: para trabajadores con este salario, el ISR es 0 y la cuota obrera del IMSS se absorbe. Worken lo maneja según el Art. 36 de la LSS.
- Aplicar mal la tarifa: debe usarse la tarifa anual oficial, no la mensual. Worken la actualiza automáticamente.
- No verificar el estatus del trabajador: solo quienes están activos al 31 de diciembre requieren ajuste. Worken detecta las bajas y las excluye del proceso.
Cómo lo resuelve Worken
Worken automatiza el cierre anual de ISR conforme al Art. 97 de la LISR:
- Calcula el ISR anual con la tarifa oficial y lo compara con las retenciones mensuales.
- Aplica el ajuste en el recibo de diciembre o enero, según corresponda.
- Considera aguinaldo, PTU, horas extra, préstamos, incapacidades y subsidios sin intervención manual.
- Genera el CFDI de nómina con el complemento de liquidación anual y lo timbra automáticamente.
- Guarda el historial completo de cálculos y ajustes para auditorías.
- Detecta automáticamente a los trabajadores activos al 31 de diciembre y excluye a los dados de baja.